La Paz, miércoles 19 de junio del 2013
Mapa del Sitio     Español | Inglés
Direcciones Generales

Sistema de Administración de Bienes y Servicios
2009/06/15

El Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecerá la forma de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios. Se sujetará a los siguientes preceptos: 

a) Previamente exigirá la disponibilidad de los fondos que compromete o definirá las condiciones de financiamiento requeridas; diferenciara las atribuciones de solicitar, autorizar el inicio y llevar a cabo el proceso de contratación; simplificara los tramites e identificara a los responsables de la decisión de contratación con relación a la calidad, oportunidad y competitividad del precio del suministro, incluyendo los efectos de los términos de pago. 

b) Las entidades emplearan los bienes y los servicios que contraten, en los fines previstos en la Programación de Operaciones y realizaran el mantenimiento preventivo y la salvaguardia de los activos, identificando a los responsables de su manejo. 

c) La reglamentación establecerá mecanismos para la baja o venta oportuna de los bienes tomando en cuenta las necesidades especificas de las entidades propietarias. La venta de acciones de sociedades de economía mixta y la transferencia o liquidación de empresas del Estado, se realizara previa autorización legal especifica o genérica, con la debida publicidad previa, durante y posterior a estas operaciones. 

Normativa Vigente:

R.M. 262 de 15 de julio de 2009 - Modelos de Documentos Base de Contratación
D.S. 0181 de 28 de junio de 2009 - NB SABS


Créditos Sistema Financiero Inflación Bono Juana Azurduy Depósitos Sistema Financiero Superavit Fiscal Crecimiento del PIB Real Renta Dignidad Bono Juancito Pinto Reservas Internacionales Netas Recaudaciones Tributarias Bolivianización
Más Estadísticas
     
Direcciones e Información de Contacto MEFP | Mapa del Sitio
© 2009 Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
[Cerrar Ventana]