- Inicio MEFP
- Institución
- Centro de Prensa
- Transparencia
- Marco legal
- Contacto
- Viceministerios
- Atención al Ciudadano
|
|
|
|
La nueva Ley de Pensiones jubiló a más de 15.000 personas en sólo 16 meses
2012/07/25
|
|
| |
|
Desde la puesta en vigencia de la Ley 065 hay un impacto positivo en el número de jubilados, acceso a la Pensión Solidaria de Vejez (PSV), beneficios alternativos y recaudaciones extraordinarias en el Fondo Solidario (FS) y el Sistema Integral de Pensiones (SIP). En sólo 16 meses, la nueva Ley de Pensiones jubiló a 15.134 asegurados, una cantidad que representa el 50,5% del total de personas jubiladas en 13 años por la anterior Ley de Pensiones. Mientras que hasta diciembre de 2011 la recaudación para el Fondo Solidario (FS) superó en Bs320 millones las proyecciones y hasta abril de este año se pudo mejorar la pensión de 4.495 asegurados del Seguro Social Obligatorio (SSO). Las 15.134 personas se jubilaron, entre enero de 2011 y abril de 2012, en el Sistema Integral de Pensiones (SIP), creado en la Ley 065, llamada también nueva Ley de Pensiones, que promulgó el presidente Evo Morales, el 10 de diciembre de 2010. La Ley 065 reemplazó a la Ley 1732, promulgada en 1996 por el presidente Gonzalo Sánchez de Lozada (MNR), que creó el SSO de largo plazo con un sistema de capitalización individual, basado en la acumulación de aportes previsionales en cuentas individuales administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), de carácter privado. El SSO sustituyó al Sistema de Reparto, al que los trabajadores activos aportaban para financiar las pensiones de los jubilados sin existir vínculo entre los aportes del afiliado y su jubilación. En sus 13 años de vigencia (de 1997 a 2010), la Ley de Pensiones 1732 jubiló a 29.980 asegurados, en tanto que, como ya se apuntó líneas arriba, la nueva Ley de Pensiones 065 jubiló en sólo 16 meses a 15.134 personas. Más beneficios En total, hasta el 30 de abril de 2012, el SIP contaba con 44.421 jubilados, de los cuales 5.876 tenían Pago de Compensación de Cotizaciones Mensuales (PCCM), 15.198 recibían una Pensión Solidaria de Vejez (PSV) y 23.347 una Pensión de Vejez (PV). Hay que especificar además que de las 15.134 personas jubiladas en el SIP (entre enero de 2011 y abril de 2012), 1.418 pertenecen al PCCM, 10.703 a la PSV y 3.013 a la PV. En otras palabras, el 70,7% de los nuevos jubilados (10.703 beneficiados) se jubilaron gracias a la existencia de la Pensión Solidaria de Vejez (PSV), creada en la Ley de Pensiones 065. El notable incremento del número de nuevos jubilados en sólo 16 meses, puede adjudicarse a los beneficios que otorga al asegurado el Sistema Integral de Pensiones a través de la PSV. Por ejemplo, para acceder a una PSV el asegurado debe tener como mínimo 10 años de aportes (continuos o discontinuos) y haber cumplido 58 años de edad. Las mujeres pueden acceder a la jubilación antes, pues, por cada hijo nacido vivo tienen derecho a descontar un año, hasta un máximo de tres años. O sea que una madre con tres hijos nacidos vivos puede jubilarse a los 55 años. Además, mediante la Pensión Solidaria de Vejez el asegurado se beneficia con una renta digna, considerando los años de aportes y su promedio salarial de las últimas 24 papeletas de pago. Mejora de la pensión Entre enero de 2011 y abril de 2012, 4.495 afiliados al Seguro Social Obligatorio mejoraron el monto de la pensión que recibían y accedieron a una Pensión Solidaria de Vejez (PSV). De estos 4.495 beneficiados con una mejora en el monto de rentas, 381 personas pertenecían al grupo de Compensación de Cotizaciones (CC); 2.193, a la Pensión Mínima (PM); y 1.921, a la Pensión de Vejez (PV). Cambio de beneficio Hasta abril de este año, 2.285 asegurados, que recibían el Pago Mensual Mínimo (PMM), pudieron cambiar de beneficio, según establece el artículo 21 (Beneficios alternativos) de la nueva Ley de Pensiones 065. Este artículo establece que aquellos beneficiados con el Pago Mensual Mínimo podrán acceder al cambio de beneficio a la Compensación de Cotizaciones (CC) y, con posterioridad a este cambio, podrán acceder a la Pensión Solidaria de Vejez, previo cumplimiento de los requisitos. De manera que hasta abril, de los 2.285 asegurados que se beneficiaron con el cambio, 698 pasaron a la Compensación de Cotizaciones (CC) y 1.587 a la PSV. El Pago Mensual Mínimo era el pago alternativo para los asegurados que habían efectuado cotizaciones al Sistema de Reparto, equivalente a un pago mensual vitalicio. Se mantuvo vigente hasta mayo de 2011. Recaudación del Fondo Solidario Antes de la promulgación de la Ley 065, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros, hizo los estudios correspondientes sobre la sostenibilidad del Fondo Solidario (FS). De este modo se proyectó una recaudación de Bs967 millones para el FS durante el primer año de aplicación de la Ley 065. Sin embargo, hasta el 31 de diciembre de 2011 el ingreso neto del FS llegó a Bs1.287 millones, con una recaudación extraordinaria (o no prevista) de Bs320 millones. La recaudación de recursos para el FS es posible gracias al aporte patronal del 3%, el aporte solidario laboral de 0,5%; el 20% proveniente del pago de las primas por riesgos; y un porcentaje variable del Aporte Solidario de Personas con Ingresos Altos superiores a Bs13.000. Recaudación del SIP Durante la gestión 2010, último año de vigencia del SSO, se alcanzó una recaudación de Bs3.620,3 millones. Mientras en 2011 (una vez aprobada y puesta en vigencia la Ley 065), el SIP logró recaudar Bs5.031,8 millones, con un incremento de más de Bs1.400 millones respecto a 2010. MEFP-UCS/RR/VAR/2012 |
|
|
Estás en:
Economía y Finanzas Públicas
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|