El Proyecto de Ley 078-20 que propone la Devolución Parcial de aportes del 15% del Saldo en su Cuenta Personal Previsional para los Asegurados con un monto menor o igual a Bs100.000, independientemente de su edad y la Devolución Total del 100% para los Asegurados de 50 o más años que tengan un saldo menor o igual a Bs10.000 se encuentran en el ámbito legislativo.
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La Paz, 18 de julio de 2021 (MEFP). – El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas explicó las características del Proyecto de Ley 078-20, que establece de manera excepcional y por única vez la devolución parcial o total de aportes efectuados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), en los departamentos de La Paz, Tarija, Santa Cruz y Oruro.
Contrario a lo manifestado por el dirigente del Movimiento de Emergencia Nacional, Yerko Orozco, el Gobierno Nacional remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional el Proyecto de Ley 078-20, de 13 de enero de 2021, que establece de manera excepcional y por única vez la Devolución Parcial o Total de Aportes de las Cuentas Personales Previsionales de las y los Asegurados del Sistema Integral de Pensiones (SIP) para cubrir sus necesidades emergentes de la pandemia COVID-19.
El Ministerio de Economía ha tomado conocimiento de las diferentes inquietudes y requerimientos de personas, movimientos y agrupaciones que solicitan la devolución de los aportes efectuados a las AFP a través de los programas de socializaciones para explicarles las características del proyecto de ley que será analizado en la Asamblea Legislativa.
Con los diferentes programas de socialización realizados en los departamentos mencionados, se desmiente de forma categórica las versiones que afirman que el Gobierno Nacional no tendría la intención de considerar la devolución de aportes efectuados a las AFP.
Por otra parte, considerando lo anteriormente expuesto, el nuevo proyecto normativo contempla ser financiado por la recaudación mensual, vencimientos de cartera de inversiones y la disponibilidad acumulada, es decir que con estas fuentes de financiamiento no se descapitalizará los Fondos del SIP, ni se pondrá en riesgo las jubilaciones.
Asimismo, se comunica a la población en general que los recursos a ser devueltos, no provienen del Sistema Financiero, toda vez que se utilizará la liquidez disponible mencionada en el párrafo precedente, en consecuencia no se realizará ninguna desinversión de cartera administrada por las AFP.
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