Con la aplicación de estas normas se conformará una base de redistribución del ingreso, mayor justicia social, generación de fuentes de empleo y efectos multiplicadores a partir de la inversión pública que reactivará la economía.
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La Paz, 28 de diciembre de 2020 (MEFP).- El presidente Luis Arce Catacora promulgó, hoy en la Casa Grande del Pueblo, la Ley 1355 del Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado (Re-IVA), la Ley Financial 1356 del Presupuesto General del Estado (PGE) 2021 y la Ley 1357 del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) para consolidar el Modelo Económico Social Comunitario Productivo y recuperar el crecimiento económico del país.
“Las tres leyes tienen el objetivo de consolidar el Modelo Económico Social Comunitario Productivo (MESCP), contribuir al desmontaje del modelo neoliberal que se intentó restituir con el Gobierno de facto y tener una estrategia de crecimiento y superación de la crisis económica para el 2021”, declaró el Presidente Arce en acto de promulgación de las normas citadas.
En ese contexto, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, afirmó que este conjunto de leyes contribuirán a fortalecer la redistribución del ingreso, reactivarán el mercado interno y se tendrá mayor justicia social.
El Ministro anticipó que el conjunto de normas tienen la misión de obtener resultados en los primeros meses de su puesta en vigencia para reactivar la economía afectada por la pandemia y las políticas improvisadas por el Gobierno de Transición.
Para el 2021 se prevé una escenario con recuperación económica, se perfilan mejores días para el país con la generación de nuevas fuentes de empleo, aumento ingresos y el fortalecimiento del mercado interno, añadió Montenegro.
Ley del PGE
La Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2021 perfila un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) en torno al 4,8%; prioriza la inversión pública para reactivar la economía del país, reduce el gasto corriente y garantiza los bonos sociales para fortalecer la redistribución de ingresos.
“La Ley del PGE preserva una trilogía virtuosa, que establece el retorno a la senda del crecimiento económico con una tasa de aumento del 4,8%, reactivación del motor de la inversión pública con 4.011 millones de dólares, como un elemento principal de nuestro Modelo Económico Social Comunitario Productivo, y corrección de la tendencia del déficit fiscal, que pasa de un valor previsto de 12,3% a uno de 9,74%, elementos que privilegian mayor crecimiento y empleo”, subrayó el Ministro.
El Presupuesto General del Estado se constituye uno de los instrumentos más importantes de la política fiscal, en el cual se registran los ingresos y gastos del Estado para el financiamiento de las políticas públicas a través de programas y proyectos de inversión contemplados en el PGE.
“Hemos recuperado el espíritu de nuestro modelo donde la inversión pública se constituye en el principal instrumento para generar el crecimiento económico, por eso hemos modificado la inversión pública, generando más ingresos, aumentando la participación del Estado en la economía”, declaró el Presidente.
El proyecto de PGE inicial del Gobierno de Transición planteaba una inversión pública por $us 3.442 millones, con la actual modificación este indicador sube a $us 4.011 millones, lo que representa un aumento del 17%.
Salud
“Con el Presupuesto estamos garantizando la adquisición de las vacunas que el Gobierno de facto no realizó las gestiones necesarias en su debido momento, la tarea es por supuesto traer a la brevedad posible vacunas para el pueblo boliviano”, declaró el Presidente.
La Ley Financial 2021 destina el 10% del PGE para Salud, con un monto total de Bs22.830 millones. Para Educación se programó un presupuesto que alcanza a Bs23.770 millones que representa más del 10% del PGE.
Leyes Tributarias
Con el Reintegro en Efectivo del IVA se busca redistribuir el ingreso e incentivar la mayor facturación por la compra de bienes y servicios en el mercado interno, en tanto que con el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) se busca reducir las brechas de desigualdad.
“El esquema de reintegro en efectivo al IVA posee características relevantes, devolución del 5% a beneficiarios con ingresos menores a 9.000 bolivianos, abono en cuenta bancaria en los primeros 10 días del mes de la declaración referente al mes anterior”, explicó Montenegro.
El reintegro - IVA se aplicará a las personas naturales que tengan un ingreso promedio mensual igual o menor a Bs9.000. Este reintegro será equivalente hasta el cinco por ciento (5%) de sus facturas de compra que sean emitidas por los medios tecnológicos autorizados por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
Quedan excluidas del Re-IVA las facturas por la compra de bienes y servicios subvencionados por el Estado como de combustible, tampoco se computarán las facturas manuales ni las pre valoradas.
Para beneficiarse con el Reintegro en Efectivo del IVA, las personas con un ingreso menor a Bs9.000 deberán registrarse como beneficiarios de forma voluntaria en un aplicativo que será proporcionado por el SIN para que se les pueda computar sus facturas tecnológicas en la compra de bienes y servicios.
Con esta medida se incentiva la formalización por la emisión de facturas por la compra de productos del mercado interno y se practica una política redistributiva hacia los que menos ganan.
Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF)
El Impuesto a las Grandes Fortunas gravará a las personas que tengan un patrimonio superior a Bs30 millones, de acuerdo a las primeras estimaciones sólo 152 personas en el país están alcanzadas por este tributo.
“El Impuesto a las Grandes Fortunas es un impuesto de carácter anual, se aplica para fortunas mayores a 30 millones de bolivianos, las tasas efectivas se enmarcan en los parámetros promedio de otras economías de la región que aplican un impuesto similar y se guarda la plena confidencialidad de quienes son alcanzados con este impuesto”, detalló el Ministro.
La norma señala que se considera como fortuna de una persona a los bienes inmuebles, los bienes muebles, bienes suntuarios, activos financieros, derechos, dinero y todo otro bien material o inmaterial con valor económico, de los cuales sea titular o esté en posesión de ellos.
Este impuesto aplica a personas naturales residentes en Bolivia, que tengan una permanencia en el país por más de 183 días durante los últimos 12 meses, y cuenten con una fortuna mayor a Bs30 millones situada en el territorio nacional o en el exterior; así mismo aplica a los no residentes siempre y cuando estas personas tengan un patrimonio que supere dicho monto en Bolivia.
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