Gobierno consolida acuerdos con el sistema financiero para aplicar alivio crediticio responsable y proteger a las familias bolivianas
La Paz, 5 de enero de 2026 (MEFP). – El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP), consolida una ruta de alivio financiero responsable y sostenible, tras la suscripción del Acta de Reunión para la Aplicación del Alivio de Créditos de Vivienda de Interés Social y Créditos Productivos de la Micro y Pequeña Empresa, en el marco del Decreto Supremo N° 5503.
El acto oficial de suscripción de firmas, que se realizó este lunes en el Auditorio – Piso 2 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, ratifica el compromiso del Estado de proteger a las familias bolivianas y a los pequeños productores, sin poner en riesgo la estabilidad del sistema financiero ni la economía nacional.
Este acuerdo es resultado de la Mesa de Trabajo, en cumplimiento del Artículo 5 del Pacto Nacional por el Desarrollo de la Patria, suscrito el 22 de diciembre en la Casa Grande del Pueblo, y se enmarca en los artículos 55 al 65 del Decreto Supremo N° 5503
El diálogo como herramienta de gobernabilidad
La Mesa de Trabajo fue propiciada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, las principales entidades del sistema financiero ASOBAN, ASOFIN y FINRURAL, así como organizaciones de control social, movimientos de prestatarios y representantes de la micro y pequeña empresa.
Este espacio de diálogo permitió construir consensos bajo un principio claro: el alivio financiero debe ser una política responsable, focalizada y técnicamente sustentada, priorizando a quienes más lo necesitan y resguardando la solidez del sistema financiero.
Medidas acordadas con enfoque social y estabilidad económica
El acta suscrita establece compromisos concretos orientados a brindar alivio real a los prestatarios, destacando:
- Suspensión excepcional de medidas judiciales por seis meses en créditos de Vivienda de Interés Social, incluyendo embargos, remates y otras acciones sobre bienes dados en garantía, conforme al marco normativo vigente.
- Diferimiento de créditos no automático ni generalizado, aplicable únicamente a solicitud expresa del prestatario y sujeto a una evaluación individualizada, caso por caso, por cada entidad financiera.
- Tratamiento excepcional y voluntario para operaciones no alcanzadas por el D.S. N° 5503, permitiendo flexibilización de condiciones o negociaciones específicas cuando la situación del prestatario lo amerite.
- Mantenimiento de las condiciones financieras originales durante el período de diferimiento, sin incremento de tasas de interés, sin intereses extraordinarios y sin sanciones ni penalizaciones.
Las cuotas diferidas serán reprogramadas de manera proporcional durante el plazo restante del crédito o mediante la ampliación del mismo, con el objetivo de evitar incrementos que afecten la capacidad de pago de las familias y de las unidades productivas.
Un Estado que ordena, protege y cuida la economía
Con la suscripción de este acuerdo, el Gobierno Nacional reafirma que las decisiones adoptadas en el marco del Decreto Supremo N° 5503 no responden a improvisaciones ni presiones sectoriales, sino a una estrategia de ordenamiento económico, basada en la verdad, el diálogo y la responsabilidad.
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ratifica su compromiso de conducir el proceso de alivio financiero con reglas claras, priorizando la estabilidad macroeconómica, la protección social y la recuperación de la confianza en la economía nacional.